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Preguntas Frecuentes - Enajenación

Las personas físicas que obtengan ingresos por la enajenación de terrenos, construcciones o terrenos y contrucciones.

Los notarios, corredores, jueces y demás fedatarios que por disposición legal tengan funciones notariales, calcularán y enterarán bajo su responsabilidad el pago del 5% del Impuesto señalado en el artículo 127 de la LISR, debiendo hacerlo dentro de los 15 días siguientes a la fecha en que se firme la escritura o minuta.

Puede hacerlo a través del correo electrónico [email protected] , acudir a la oficina recaudadora que le corresponda o en la Dirección de Asistencia al Contribuyente (Blvd. Lola Beltrán N° 3611 Pte., Plaza Comercial Santa Aynes, Local 27 Frente a la Universidad de Occidente, en Culiacán, Sin.)

Por el momento no es posible utilizar estas clave de acceso para presentar las declaraciones, favor de comunicarse con un asesor al call center (667) 171 17 00, o a través del correo electrónico [email protected] , en donde se les orientará sobre las opciones aplicables.

No es posible hacerlo por este medio, requiere acudir a la oficina recaudadora de su localidad para solicitar la corrección correspondiente.

En Culiacán, puede acudir al Blvd. Lola Beltrán N° 3611 Pte., Plaza Comercial Aynes, Local 27 Frente a la Universidad Autónoma de Occidente, en Culiacán, Sinaloa.

Se aplicará una tasa del 5% a la ganancia obtenida por cada operación realizada. El resultado así obtenido será el monto a enterar mediante declaración, utilizando el formato 15-C, el cual deberá presentarse ante las oficinas autorizadas de la Entidad Federativa en la que se encuentre ubicado el inmueble de que se trate.

Se pagará a la Entidad Federativa únicamente el importe correspondiente al cálculo para el pago al SAT.

  1. Debe contar con su CUC y contraseña y con tarjeta de crédito o débito Visa, Master Card o American Express
  2. Ingresar a: portalfiscal.sinaloa.gob.mx
  3. Seleccionar “declaraciones y pagos” dar clic en “ISR Enajenación”
  4. Capturar su CUC y contraseña
  5. Seleccionar el régimen y seguir los pasos indicados
  6. Al seleccionar el periodo y monto a pagar, se elige “pago en línea”

En Centros de Cobro Autorizados:

  1. Debe contar con su CUC y contraseña.
  2. Ingresar a: portalfiscal.sinaloa.gob.mx
  3. Seleccionar “declaraciones y pagos” y dar clic en “ISR Enajenación”
  4. Capturar su CUC y contraseña
  5. Seleccionar el régimen y seguir los pasos indicados
  6. Al seleccionar el periodo y monto a pagar, se elige “Preelaborar”

En Ventanilla de Oficina Recaudadora:

En caso de que no cuente con CUC y contraseña, se llenará el formato 15-C y se presentará en la oficina de recaudación de rentas de su localidad.

Sí es posible, sólo que se tendrá que preelaborar la declaración que contendrá la actualización y recargos correspondientes.

El comprobante que se le entrega en el Centro de Cobro Autorizado, tiene la misma validez de recibo oficial; sin embargo, puede obtener una constancia del pago el el Portal de Internet en la opción “reimpresión de recibos”. Requiere contar con CUC y contraseña.

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