Portal Fiscal del Estado de Sinaloa

¿Qué requiero para declarar el Impuesto Predial Rústico Municipal y las cuotas de las organizaciones gremiales usando el portal de Internet de Gobierno del Estado de Sinaloa?

  • Ser contribuyente con obligación al pago del Impuesto Predial Rústico Municipal.
  • Si es retenedor del Impuesto, deberá contar con su clave única de contribuyente (CUC) y contraseña.
  • Marcar que es productor, si funge como tal.

Si no cuenta con CUC y contraseña, solicítela en: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

¿Quiénes pueden pagar su Impuesto Predial Rústico Municipal y las cuotas de las organizaciones gremiales usando el portal de Internet del Gobierno del Estado de Sinaloa?

Todos los contribuyentes del Impuesto Predial Rústico Municipal, dedicados a las actividades agrícolas, acuícolas, ganaderas, porcícolas y avícolas domiciliados en el Estado de Sinaloa, que fungen como productores y los que actúan como retenedores del impuesto que cuenten con su CUC y contraseña.

¿Qué necesito tener para declarar mi Impuesto Predial Rústico Municipal usando el portal de Internet del Gobierno del Estado de Sinaloa?

Si soy productor:

  • Tener una tarjeta de crédito válida Visa o MasterCard o tener una cuenta de Banca Electrónica de BBVA-Bancomer
  • Un navegador de internet como Goggle Chrome, Internet Explorer, etc.
  • Tener la obligación del pago del impuesto y las cuotas correspondientes.
  • Llenar la declaración en la página portalfiscal.sinaloa.gob.mx  con la información solicitada, tal como el nombre del municipio productor, el periodo a pagar, los productos comercializados, el volumen, el precio o tarifa, el impuesto, las cuotas a pagar, etc..

Si soy retenedor:

  • Además de lo anterior deberá contar con su clave única de contribuyente (CUC) y contraseña
  • Tener la relación de productores que fueron objeto de la retención que se pretende declarar, en un archivo de texto, con la estructura del Layout, que fue publicado en el periódico Oficial “El Estado de Sinaloa” número 085 de fecha 18/07/11 o utilizando la herramienta tecnológica "Generador de TXT" que se encuentra en el Portal Fiscal

¿Cuánto costará declarar mi Impuesto Predial Rústico Municipal usando el portal de Internet del Gobierno del Estado de Sinaloa?

El proceso de declaración del Impuesto Predial Rústico Municipal en línea no tiene costo adicional, usted sólo tiene que pagar el monto correspondiente a las características de su declaración.

¿Cuáles son los plazos que tengo para pagar mi Impuesto Predial Rustico Municipal?

Si mi predio produce:

  • El impuesto se paga en el  momento de la compra-venta del producto.

Si mi predio no produce:

  • El pago es anual o por trimestres naturales adelantados y vence el último día de los meses de Febrero, Mayo, agosto y Noviembre del ejercicio que se trate.

Si soy retenedor:

  • Para el impuesto retenido en el mes, la fecha de vencimiento es el día 15 del mes siguiente al de la retención.

¿Puedo realizar el pago de la declaración de mi último periodo si no he pagado el anterior usando el portal del Gobierno del Estado de Sinaloa?

Usted puede pagar cualquier periodo que desee, ya sea vencido o al corriente.

¿Cuáles son las formas de pago disponibles al usar el portal de Internet del Gobierno del Estado de Sinaloa?

Usted puede pagar con:

  • tarjeta de crédito o débito Visa o MasterCard expedida por cualquier banco.
  • Si usted es cliente de Banca Electrónica de BBVA-Bancomer puede pagar con cheque en línea.
  • Con formato preelaborado proporcionado por este medio, presentado en  ventanilla de uno de los centros de cobro autorizados, los cuales se relacionan en el recibo pre elaborado.

 ¿Qué puedo hacer si no tengo Tarjeta de Crédito o Débito?

Si no cuenta con Tarjeta de Crédito o Débito, usted puede imprimir un formato preelaborado a través del Portal de Internet el cual podrá pagar en cualquier centro de cobro autorizado, los cuales se relacionan en el pre elaborado.

 ¿Cuánto tiempo va a tardar en aplicarse mi pago de Impuesto Predial Rústico Municipal?

En el momento en que usted pague en cualquier ventanilla de un centro de cobro autorizado y obtenga el recibo pre elaborado con el sello y la firma del cajero, ese recibo se convierte en su recibo oficial de pago.

¿Qué puedo hacer si extravié mi recibo preelaborado pagado y deseo obtener un recibo oficial de pago?

Es necesario que usted acuda a la oficina de la recaudación de Rentas que le corresponde para que le expida una copia del comprobante de pago o reimprimirlo en la pagina portalfiscal.sinaloa.gob.mx 

¿Qué puedo hacer si extravié mi recibo preelaborado y todavía no había pagado?

Usted puede entrar de nuevo al portal de Internet de Gobierno del Estado de Sinaloa, formular de nuevo su declaración de Impuesto Predial Rústico Municipal e imprimir un nuevo recibo pre elaborado.

¿A quién puedo acudir si tengo alguna duda en cuanto al uso del Portal de Internet?

A la Oficina de Recaudación de Rentas que le corresponda o llamar a la Dirección de Asistencia al Contribuyente, a  los teléfonos     721-54-04, 721-53-82 y 721-54-15 o enviar un correo electrónico  a  Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

¿Qué debo hacer si extravié mi CUC y contraseña?

Puede acudir a  la Oficina de Recaudación de Rentas que le corresponda o comunicarse a la Dirección de Asistencia al Contribuyente, a  los teléfonos 721-54-04, 721-53-82 y 721-54-15 o enviar un correo electrónico a: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

Si soy retenedor y no tengo convenio con el Gobierno del Estado, ¿a dónde debo acudir para solicitarlo?

Puede solicitarlo ante la Oficina de Recaudación de Rentas que le corresponda.

¿Puedo realizar pagos vencidos usando el Portal de Internet?

Sí es posible, solo debe formular una declaración por cada periodo vencido. Los recargos fiscales se determinan aplicando la tasa del 3% mensual sobre el impuesto principal, a partir de su vencimiento, por cada mes transcurrido y son calculados por el portal.

¿Puedo realizar mi inscripción o alta al padrón de contribuyentes usando el portal de Internet?

El portal de Internet de Gobierno del Estado de Sinaloa es exclusivamente para realizar pagos, si usted desea realizar una alta debe acudir a la Oficina de Recaudación de Rentas que le corresponde.

¿Puedo realizar la suspensión de mi registro o la baja de establecimiento usando el portal de Internet de Gobierno del Estado?

Si usted desea realizar la suspensión de su registro o una baja de establecimiento debe acudir a la Oficina de Recaudación de Rentas que le corresponda.

¿Puedo realizar un cambio de domicilio, actividad o RFC usando el Portal de Internet?

Si usted desea realizar un cambio en el padrón de contribuyentes debe acudir a la Oficina de Recaudación de Rentas que le corresponda.

¿Puedo presentar a través del Portal de Internet declaraciones en "ceros" del Impuesto Predial Rústico?

Sólo los retenedores tienen la obligación de presentar estas declaraciones, seleccionando la opción al momento de su llenado.

¿Qué necesito para darme de alta como retenedor del Impuesto Predial Rústico Municipal?

Usted necesita firmar el convenio de retención y entero del Impuesto Predial Rústico Municipal.

¿Cuáles son los requisitos para celebrar un convenio de retención del Impuesto Predial Rústico Municipal?

Usted debe presentar ante la oficina de Recaudación de Rentas que le corresponde, una copia de los documentos  siguiente:
 

PERSONAS FISICAS

*Constancia de RFC 
*Credencial de Elector (INE)
*Comprobante de Domicilio (Recibo de CFE, Teléfono o Agua Potable) 
*Alta ante el IMSS como patrón (Contar con al menos un empleado) 
*Fotografías de las instalaciones y del domicilio fiscal 
*Alta en el Impuesto sobre Nóminas (ISN) 
*Copias de las declaraciones de los últimos 5 años del ISN
*Balance Contable de los últimos dos años con sus respectivas relaciones analíticas de los principales renglones del  Balance, firmados por el contador Público 
*Declaración Anual/2019, ISR / IVA 
*Última Liquidación Bimestral/2021, IMSS/SAR/INFONAVIT
*Tres referencias comerciales 
*No tener adeudo alguno con Gobierno del Estado de Sinaloa 
*Escrito de la verificación del domicilio fiscal, suscrito por el supervisor fiscal de la Recaudación

PERSONAS MORALES 

*Constancia de RFC 
*Comprobante de Domicilio (Recibo de CFE, Teléfono o Agua Potable) 
*Fotografías de las instalaciones y del domicilio fiscal 
*Clave catastral y último pago del Impuesto Predial, si las instalaciones son propias 
*Contrato de arrendamiento, si las instalaciones no son propias 
*Acta Constitutiva y poderes 
*Copia de identificación del Representante Legal 
*Declaración anual 2019 ISR / IVA
*Alta IMSS como patrón 
*Alta en el Impuesto sobre Nóminas (ISN) 
*Copias de la declaración del útimo periodo del ISN 
*Última Liquidación Bimestral/2021, IMSS/SAR/INFONAVIT
*Balance Contable de los últimos dos años con sus respectivas relaciones analíticas, firmados por el contador Público 
*Copia de la cédula profesional del contador público
*Tres referencias comerciales 
*No tener adeudo alguno con Gobierno del Estado de Sinaloa 
*Escrito de la verificación del domicilio fiscal, suscrito por el supervisor fiscal de la Recaudación 
 
¿A dónde me puedo comunicar si tengo alguna duda sobre los requisitos para ser retenedor?

Puede comunicarse al teléfono 6677587000 ext. 1751 

¿Qué necesito para realizar una modificación de domicilio, actividad o RFC?

Usted requiere presentar en la Oficina de Recaudación de Rentas que le corresponda, la copia del documento que demuestra el domicilio, actividad o RFC,  correcto y notificarlo por escrito.

¿Qué necesito para realizar la baja de establecimiento?

Usted requiere presentar en la Oficina de Recaudación de Rentas que le corresponda, un escrito solicitando la baja del padrón de contribuyentes del Impuesto Predial Rústico Municipal,  acompañado de la copia de la baja del establecimiento, presentada ante el SAT.

¿Qué necesito para realizar la suspensión de mi registro?

Usted requiere presentar en la Oficina de Recaudación de Rentas que le corresponde un aviso de suspensión a través del formulario único de registro.

 

 

 

 

 

 

Última actualización el 02 Marzo 2021
Escrito por Jaime Vega
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