Portal Fiscal del Estado de Sinaloa

¿Cuál es el Fundamento legal para cubrir ante el Estado el pago del Impuesto Sobre la Prestación de Servicios de Hospedaje?

El Capítulo IV del Título Primero, de la Ley de Hacienda del Estado de Sinaloa

¿A partir de qué periodo se aplican las modificaciones al Impuesto sobre la Prestación de Servicios de Hospedaje, publicadas el día 13 de diciembre de 2016 en el Periódico Oficial "El Estado de Sinaloa?

Estas modificaciones son aplicables a partir del mes de enero de 2017.

¿Qué tipo de establecimientos deben pagar esta contribución?

Todos aquellos que se mencionan en los Artículos 25 y 26 de la Ley de Hacienda del Estado de Sinaloa, tales como: Hoteles, Moteles, Suites, Villas, Bungalows, Marinas Turísticas, Albergues, Posadas, Casas de Huéspedes, Mesones, Hosterías, Multipropiedad, Casas y Departamentos amueblados y otros inmuebles o establecimeintos que de manera ocasional o permanente presten servicios de hospedaje o albergue; se incluyen las modalidades de "Todo Incluido" y "Tiempo Compartido".

¿En qué momento se causa el Impuesto?

a) Cuando se efectúe el pago por la prestación de los servicios gravados;

b) Cuando se hagan exigibles los pagos por la prestación de los servicios gravados; o

c) Cuando se expida el comprobante de pago correspondiente; lo que suceda primero.

¿Es cierto que a partir del 1° de enero de 2017, debe cobrarse este Impuesto en todos los establecimientos que prestan servicios de hospedaje o albergue en todo el Estado?

Es correcto, anteriormente sólo se causaba el Impuesto en los hoteles que estuvieran adheridos a un Fideicomiso establecido para la administración de la recaudación de los ingresos recaudados por este concepto; pero a partir del 1° de enero de 2017, desapareció esta restricción por lo que todos los prestadores de servicios de hospedaje y albergues en el Estado de Sinaloa, tendrán la obligación de trasladar y enterar el Impuesto.

¿En la Modalidad "Todo Incluido" existe alguna forma de determinar los conceptos que integran la base gravable?

En este caso, el contribuyente podrá estimar el importe relativo al servicio de hospedaje, sin que en ningún caso pueda ser inferior al 40% del importe total de los servicios comprendidos bajo este sistema, excluyendo las propinas y los impuestos que se trasladen al consumidor. 

¿Cómo se registran y pagan los intermediarios en el pago de este Impuesto?

Deberán atender a las Reglas de caracter general, publicadas en el Peridódico Oficial "El Estado de Sinaloa", de fecha 6 de abril de 2018.

¿Cómo se solicita la CUC y contraseña?

A través del correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo., o acudir a al Dirección de Asistencia al Contribuyente situada en Blvd. Lola Beltrán N° 3611 Pte., Plaza Comercial Santa Aynes, Local 27 frente a la Universidad de Occidente, en Culiacán, Sin.

¿Puedo corregir por Internet una declaración en donde cometí un error?

No es posible hacerlo por este medio, requiere acudir a la oficina recaudadora de su localidad para solicitar la corrección correspondiente.

¿Dónde puedo obtener información sobre las obligaciones relacionadas con el Impuesto sobre Hospedaje?

En la página de Internet: portalfiscal.sinaloa.gob.mx

¿Cuál es el procedimiento para inscribirme en el padrón del Impuesto sobre la Prestación de Servicios de Hospedaje?

Deberá acudir a la oficina recaudadora que le corresponda con la siguiente documentación:

Si es una persona moral, además deberá presentar:

  • 1 Copias de la escritura constitutiva 
  • Original y 1 copia de la identificación y del poder notarial del representante legal

¿Cómo pago el Impuesto sobre la Prestación de Servicios de Hospedaje?

Por Internet:

  1. Debe contar con su CUC y contraseña y con tarjeta de crédito o débito Visa, Master Card o American Express
  2. Ingresar a: portalfiscal.sinaloa.gob.mx
  3. Seleccionar “declaraciones y pagos”
  4. Toma la opción de "impuesto sobre la prestación de servicios de hospedaje"
  5. Capturar su CUC y contraseña
  6. Seleccionar “Impuesto sobre Hospedaje” y seguir los pasos indicados
  7. Al llenar su declaración, se selecciona la forma de pago

En Centro de Cobro Autorizado:

  1. Debe contar con su CUC y contraseña.
  2. Ingresar a: portalfiscal.sinaloa.gob.mx
  3. Seleccionar “declaraciones y pagos”
  4. Toma la opción de "impuesto sobre la prestación de servicios de hospedaje"
  5. Capturar su CUC y contraseña
  6. Seleccionar “Impuesto sobre Hospedaje” y seguir los pasos indicados
  7. Al llenar su declaración, se elige “Preelaborados para el pago en ventanilla de bancos”

¿Cómo obtengo mi recibo oficial si pago en Centro de Cobro Autorizado?

El comprobante que se le entrega en el Centro de Cobro Autorizado, tiene la misma validez de recibo oficial. Sin embargo, puede obtener una constancia del pago en la oficina recaudadora que le corresponda. 

 

 

 

 

 

Última actualización el 02 Marzo 2021
Escrito por Jaime Vega
Está aquí: Inicio Hospedaje Preguntas Frecuentes

Mapa del Sitio