Portal Fiscal del Estado de Sinaloa

¿Quiénes están obligados al pago de este impuesto?

Las personas físicas que obtengan ingresos por la enajenación de terrenos, construcciones o terrenos y contrucciones.

¿Quién está obligado a determinar y enterar el Impuesto sobre la Renta en el caso de operaciones consignadas en escrituras públicas?

Los notarios, corredores, jueces y demás fedatarios que por disposición legal tengan funciones notariales, calcularán y enterarán bajo su responsabilidad el pago del 5% del Impuesto señalado en el artículo 127 de la LISR, debiendo hacerlo dentro de los 15 días siguientes a la fecha en que se firme la escritura o minuta.

¿Cuál es el Fundamento legal para cubrir ante el Estado el pago del Impuesto Sobre la Renta por la Enajenación de Bienes Inmuebles?

¿Cómo se solicita la CUC y contraseña?

Puede hacerlo a través del correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. , acudir a la oficina recaudadora que le corresponda o en la Dirección de Asistencia al Contribuyente (Blvd. Lola Beltrán N° 3611 Pte., Plaza Comercial Santa Aynes, Local 27 Frente a la Universidad de Occidente, en Culiacán, Sin.)

¿Los notarios públicos que se encuentran domiciliados fuera del Estado de Sinaloa, pueden solicitar CUC y contraseña?

Por el momento no es posible utilizar estas clave de acceso para presentar las declaraciones, favor de comunicarse con un asesor a los teléfonos (667)7215382, 7215404 o  7215415, o a través del correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. , en donde se les orientará sobre las opciones aplicables.

¿Puedo corregir por Internet una declaración en donde cometí un error?

No es posible hacerlo por este medio, requiere acudir a la oficina recaudadora de su localidad para solicitar la corrección correspondiente.

En Culiacán, puede acudir al Blvd. Lola Beltrán N° 3611 Pte., Plaza Comercial Aynes, Local 27 Frente a la Universidad Autónoma de Occidente, en Culiacán, Sinaloa

¿Cómo se calcula el impuesto a pagar al Estado?

Se aplicará una tasa del 5% a la ganancia obtenida por cada operación realizada. El resultado así obtenido será el monto a enterar mediante declaración, utilizando el formato 15-C, el cual deberá presentarse ante las oficinas autorizadas de la Entidad Federativa en la que se encuentre ubicado el inmueble de que se trate.

¿Qué sucede cuando el pago del 5% del ISR que le corresponde al Estado excede al ISR calculado para el SAT?

Se pagará a la Entidad Federativa únicamente el importe correspondiente al cálculo para el pago al SAT.

¿Cuáles son los medios disponibles para el pago del ISR que le corresponde al Estado?

  1. Debe contar con su CUC y contraseña y con tarjeta de crédito o débito Visa, Master Card o American Express
  2. Ingresar a: portalfiscal.sinaloa.gob.mx
  3. Seleccionar “declaraciones y pagos” dar clic en "ISR Enajenación"
  4. Capturar su CUC y contraseña
  5. Seleccionar el régimen y seguir los pasos indicados
  6. Al seleccionar el periodo y monto a pagar, se elige “pago en línea”

En Centros de Cobro Autorizados:

  1. Debe contar con su CUC y contraseña.
  2. Ingresar a: portalfiscal.sinaloa.gob.mx
  3. Seleccionar “declaraciones y pagos” y dar clic en "ISR Enajenación"
  4. Capturar su CUC y contraseña
  5. Seleccionar el régimen y seguir los pasos indicados
  6. Al seleccionar el periodo y monto a pagar, se elige “Preelaborar”

En Ventanilla de Oficina Recaudadora:

En caso de que no cuente con CUC y contraseña, se llenará el formato 15-C y se presentará en la oficina de recaudación de rentas de su localidad

¿Se pueden presentar declaraciones a través del Portal de Gobierno o preelaborar y pagar en Centros de Cobro Autorizados después de la fecha de vencimiento del pago?

Sí es posible, sólo que se tendrá que preelaborar la declaración que contendrá la actualización y recargos correspondientes.

¿Cómo obtengo mi recibo oficial si pago en un Centro de Cobro Autorizado?

El comprobante que se le entrega en el Centro de Cobro Autorizado, tiene la misma validez de recibo oficial; sin embargo, puede obtener una constancia del pago el el Portal de Internet en la opción “reimpresión de recibos”. Requiere contar con CUC y contraseña.

 

 

 

 

 

 

  

Última actualización el 30 Mayo 2020
Escrito por Jaime Vega
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